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Subvención Mantenimiento Estructura Comercial Básica

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Subvención Mantenimiento Estructura Comercial Básica

Desde el día 15/04/2021 hasta el día 15/06/2021

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

El objeto de la convocatoria es favorecer el Mantenimiento del Pequeño Comercio en los municipios más despoblados de la provincia de Cuenca. Con estas ayudas se pretende apoyar a quienes, mediante el autoempleo en determinadas actividades comerciales, contribuyen a dotar a estos núcleos de bienes esenciales de consumo o de un lugar de reunión para los vecinos, y constituyen por ello un instrumento útil para fijar población en el territorio.

Esta ayuda no requiere que el beneficiario aporte justificación de la subvención (el Patronato comprueba de oficio y por sus propios medios que la actividad continua en funcionamiento y que no existen deudas pendientes con la Administración).

REQUISITOS

  1. Desarrollar la actividad comercial, con despacho abierto al público al menos 8 horas diarias, en horario comercial de mañana y tarde, entre las 10 y 22 horas, durante cinco días a la semana. Excepcionalmente se podrá conceder la ayuda bajo otros regímenes de apertura, siempre que exista causa justificada y previo informe favorable de los servicios técnicos del Patronato.
  2. Al menos una de las actividades previstas en la base sexta se ha de ejercer en el municipio del solicitante por él mismo, o por un familiar de primer grado, con más de seis meses de antigüedad respecto de la publicación de la presente convocatoria.
  3. No tener deuda pendiente de pago con las Administraciones Públicas. A los efectos de esta convocatoria, se entiende que no tienen deuda pendiente quienes hayan obtenido acuerdo de aplazamiento o de fraccionamiento de pago.
  4. Estar debidamente autorizados por el Ayuntamiento del municipio para el ejercicio la actividad subvencionable.
  5. La actividad subvencionable ha de ejercerse en núcleos de población de la provincia de Cuenca con población inferior a 250 habitantes.

El artículo 6 de la convocatoria establece como actividades subvencionables las siguientes:

  • 644.1 - Comercio menor pan, pasteles, confitería y lácteos.
  • 644.2 - Despacho de pan, pan especial y bollería.
  • 647.1 - Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos con vendedor.
  • 647.2./647.3/647.4 - Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en régimen de auto-servicio o mixto.
  • 662.2 - Comercio al por menor de toda clase de artículos, incluyendo alimentación y bebidas, en establecimientos distintos de los especificados en el grupo 661 y en el epígrafe 662.1.
  • 672.1/672.2/672.3 - Cafeterías de una, dos o tres tazas.
  • 673.2 - Otros cafés y bares.
  • 674.5 - Café bar, sociedades, casinos, clubes.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Anexo I: Solicitud.
  • Informe de vida laboral o, en su lugar, los seis últimos recibos del pago de autónomos.
  • Autorización o poder de representación (los interesados que actúan mediante representante y las Comunidades de Bienes o Sociedades titulares de actividad subvencionable deben aportar el otorgamiento del correspondiente poder)
  • Escritura o contrato de constitución de la Sociedad o Comunidad de Bienes (únicamente para estas entidades, a efectos de conocer el porcentaje de reparto de la ayuda entre los miembros).
  • En caso de modificación, alteración o cambios de cuenta bancaria, se presentará nueva Ficha de Terceros.

NORMATIVA DE APLICACIÓN

Estas Bases podrán consultarse además en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Patronato de Desarrollo Provincial de la Diputación, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

  • Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación, modificada por acuerdo plenario de 19 de diciembre de 2013 y publicada en el B.O.P. de 22 de enero de 2014.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (L.G.S.).
  • Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. RD 887/2006 de 21 de julio.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto del Patronato de Desarrollo Provincial de la Diputación.
  • Otras disposiciones de derecho administrativo que resulten de aplicación.

Órgano Tramitador

Programas Europeos y Desarrollo Local

Órgano Resolutor

Presidencia

Plantillas de documentos a presentar

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
PATRONATO DE DESARROLLO PROVINCIAL DE CUENCA - P6600001I
Ctra. de El Terminillo, Km. 3
Centro de Empresas. Cuenca (Cuenca)
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