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PATRONATO DE DESARROLLO PROVINCIAL DE CUENCA

Subvenciones para paliar efectos del COVID-19 en sectores del Comercio, Transporte, Educación y Cultura, Ocio y Deporte, otras explotaciones de Ganado y determinados servicios en Centros de Mayores

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Subvenciones para paliar efectos del COVID-19 en sectores del Comercio, Transporte, Educación y Cultura, Ocio y Deporte, otras explotaciones de Ganado y determinados servicios en Centros de Mayores

Desde el día 01/03/2021 hasta el día 12/03/2021

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

El Patronato de Desarrollo Provincial de la Excma. Diputación de Cuenca ha decidido abrir una línea de ayudas cuya finalidad es reducir el impacto de la COVID-19 y paliar, en la medida de lo posible, los efectos económicos negativos en los sectores empresariales de la provincia de Cuenca que se han visto más castigados por la pandemia para ayudarles a mantener su actividad y empleo, facilitando su recuperación.  

La presentación se basa en rellenar una solicitud a través de un formulario que la aplicación convertirá en un documento PDF que será firmado digitalmente (no es necesario firmar los documentos previamente).  

También será necesario añadir documentos adjuntos a la solicitud.  

La solicitud se inicia pulsando, en la parte inferior, el botón: Nueva instancia.  

REQUISITOS  

Las presentes bases tienen por objeto regular el régimen de concesión de las subvenciones a empresas, empresarios, comunidad de bienes y autónomos cuya actividad en el ámbito del comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos, en transporte terrestre de pasajeros, determinadas actividades profesionales, científicas y técnicas, así como artísticas relacionadas con la educación y cultura, ocio y deporte, otras explotaciones de ganado y determinados servicios en centros de mayores se haya visto afectada negativamente por la COVID-19.

Las condiciones o requisitos que tienen que cumplir las empresas, empresarios o autónomos son las siguientes:  

1.- Estar legalmente constituida y registrada con alguno de los siguientes códigos del CNAE:

  • 4781 - Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en puestos de venta y mercadillos.
  • 4782 - Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y mercadillos.
  • 4789 - Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta y mercadillo.
  • 4931 - Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros.
  • 4932 - Transporte por taxi.
  • 7420 - Actividades de fotografía.
  • 7490 - Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p.
  • 7721 - Alquiler de artículos de ocio y deportivos.
  • 7990 - Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.
  • 8551 - Educación deportiva y recreativa.
  • 8559 - Otra educación n.c.o.p.
  • 9001 - Artes escénicas.
  • 9002 - Actividades auxiliares de las artes escénicas.
  • 9003 - Creación artística y literaria.
  • 9004 - Gestión de salas de espectáculos.
  • 9103 - Gestión de lugares y edificios históricos.
  • 9311 - Gestión de instalaciones deportivas.
  • 9313 - Actividades de los gimnasios.
  • 9319 - Otras actividades deportivas.
  • 9321 - Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.
  • 9329 - Otras actividades recreativas y de entretenimiento.
  • 9604 - Actividades de mantenimiento físico.
  • 0149 - Otras explotaciones de ganado.
  • 9602 - Peluquería y otros tratamientos de belleza que cumplan los siguientes requisitos:
    • Que posean a la fecha de presentación de la solicitud contrato de prestación de servicios en vigor en residencias o centros de mayores gestionados por la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha.
    • Que no presten servicios de peluquería en otros centros de trabajo por cuenta propia o ajena.

2.- Tener el domicilio fiscal en alguno de los municipios de la provincia de Cuenca.

3.- Desarrollar una actividad de las mencionadas anteriormente desde antes del 14 de marzo de 2020.

4.- Que el volumen de operaciones correspondiente declarado en el IVA en el ejercicio 2020, haya sufrido una reducción igual o superior al 40%, en comparación con el volumen de operaciones declarado en el IVA del ejercicio 2019.

5.- No pertenecer al Sector Público o estar participada por algún ente perteneciente al Sector Público.

El cumplimiento de los requisitos se acreditara mediante la documentación solicitada en el art. 8 de las presentes bases.

Sólo se subvencionan actividades desarrolladas en la provincia de Cuenca, por lo que si algún interesado tuviera sedes, locales u oficinas abiertas en otros municipios fuera de la provincia de Cuenca, los gastos de esas sedes, locales u oficinas no se tendrán en cuenta.

Se considerarán subvencionables los conceptos de gastos habidos desde el 14 de marzo de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020 y contemplados en el artículo 6 de las Bases.

Los interesados no podrán percibir nunca más ayuda de la cantidad que justifiquen, siendo el importe máximo individual a percibir de  3.000€.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

El plazo de presentación de las solicitudes será de DIEZ DÍAS HÁBILES contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  • Anexo I: (Formulario).
  • Anexo II:  Memoria de actuación.
  • Anexo III: en el que se indicara el índice numerado de los justificantes que se presentan de acuerdo con los gastos subvencionables establecidos en el art. 6 al que se acompañaran los documentos justificativos: Facturas o documentos equivalentes acreditativos del gasto subvencionables y sus justificantes de pago, ordenados correlativamente de acuerdo con el índice presentado en el anexo III por importe igual o superior a 3.000€.
  • Ficha de Terceros.
  • Fotocopia del CIF o NIF.
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas.
  • Declaraciones trimestrales del IVA, autoliquidaciones periódicas correspondientes al IRPF, facturas emitidas o cualquier otra documentación relevante correspondientes a las anualidades 2019-2020.
  • Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a AEAT y la Seguridad Social.
  • Sólo para COMUNIDAD DE BIENES: Presentar certificado del porcentaje de participación de cada uno de los comuneros.
  • (*) NOTA.: Sólo para CNAE 9602-Peluquería y otros tratamientos de belleza, que cumplan con los requisitos señalados anteriormente:
  • Copia del contrato de prestación de servicios en residencias o centros de mayores.
  • Informe vida laboral actualizado.

La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan.

NORMATIVA DE APLICACIÓN

Estas Bases podrán consultarse además en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Patronato de Desarrollo Provincial de la Diputación, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

  • Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación, modificada por acuerdo plenario de 19 de diciembre de 2013 y publicada en el B.O.P. de 22 de enero de 2014.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (L.G.S.).
  • Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. RD 887/2006 de 21 de julio.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto del Patronato de Desarrollo Provincial de la Diputación.
  • Otras disposiciones de derecho administrativo que resulten de aplicación.

ÓRGANO TRAMITADOR

Gerencia del Patronato de Desarrollo Provincial.

ÓRGANO RESOLUTOR

Presidencia del Patronato de Desarrollo Provincial.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
PATRONATO DE DESARROLLO PROVINCIAL DE CUENCA - P6600001I
Ctra. de El Terminillo, Km. 3
Centro de Empresas. Cuenca (Cuenca)
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