El Patronato de Desarrollo Provincial de la Excma. Diputación de Cuenca ha decidido abrir una línea de ayudas cuya finalidad es reducir el impacto de la COVID-19 y paliar, en la medida de lo posible, los efectos económicos negativos en los sectores empresariales de la provincia de Cuenca que se han visto más castigados por la pandemia para ayudarles a mantener su actividad y empleo, facilitando su recuperación.
La presentación se basa en rellenar una solicitud a través de un formulario que la aplicación convertirá en un documento PDF que será firmado digitalmente (no es necesario firmar los documentos previamente).
También será necesario añadir documentos adjuntos a la solicitud.
La solicitud se inicia pulsando, en la parte inferior, el botón: Nueva instancia.
Las presentes bases tienen por objeto regular el régimen de concesión de las subvenciones a empresas, empresarios, comunidad de bienes y autónomos cuya actividad en el ámbito del comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos, en transporte terrestre de pasajeros, determinadas actividades profesionales, científicas y técnicas, así como artísticas relacionadas con la educación y cultura, ocio y deporte, otras explotaciones de ganado y determinados servicios en centros de mayores se haya visto afectada negativamente por la COVID-19.
Las condiciones o requisitos que tienen que cumplir las empresas, empresarios o autónomos son las siguientes:
1.- Estar legalmente constituida y registrada con alguno de los siguientes códigos del CNAE:
2.- Tener el domicilio fiscal en alguno de los municipios de la provincia de Cuenca.
3.- Desarrollar una actividad de las mencionadas anteriormente desde antes del 14 de marzo de 2020.
4.- Que el volumen de operaciones correspondiente declarado en el IVA en el ejercicio 2020, haya sufrido una reducción igual o superior al 40%, en comparación con el volumen de operaciones declarado en el IVA del ejercicio 2019.
5.- No pertenecer al Sector Público o estar participada por algún ente perteneciente al Sector Público.
El cumplimiento de los requisitos se acreditara mediante la documentación solicitada en el art. 8 de las presentes bases.
Sólo se subvencionan actividades desarrolladas en la provincia de Cuenca, por lo que si algún interesado tuviera sedes, locales u oficinas abiertas en otros municipios fuera de la provincia de Cuenca, los gastos de esas sedes, locales u oficinas no se tendrán en cuenta.
Se considerarán subvencionables los conceptos de gastos habidos desde el 14 de marzo de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020 y contemplados en el artículo 6 de las Bases.
Los interesados no podrán percibir nunca más ayuda de la cantidad que justifiquen, siendo el importe máximo individual a percibir de 3.000€.
El plazo de presentación de las solicitudes será de DIEZ DÍAS HÁBILES contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca.
La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan.
Estas Bases podrán consultarse además en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Patronato de Desarrollo Provincial de la Diputación, así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Gerencia del Patronato de Desarrollo Provincial.
Presidencia del Patronato de Desarrollo Provincial.